Detalle sentencia TC/0340/18

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Publicación: Martes 04 de Septiembre , 2018 / 06:15 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2016-0278

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por Berto Rodríguez Páez, Miguel Antonio García Pimentel, Juan Bautista Cedeño, Daniel Cordero, Silvestre Guerrero, Carlos Manuel de los Santos de Jesús, Adalgisa Silverio Melo y Roberto Abreu Tronila en contra de la Sentencia núm. 429, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el diecinueve (19) de agosto de dos mil quince (2015).  

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (Arts. 185.4 y 277 Constitución; Arts. 9 y 53 LOTCPC). Tribunal Constitucional: debe emitir una decisión para la forma y otra para el fondo (Art. 54.5 y 54.7 LOTCPC). Principios de celeridad y economía procesal: solo debe dictarse una sentencia (TC/0038/12). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad (Art. 277 constitución; Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos cuando se invoca la violación a un derecho fundamental (Art. 53.3 LOTCPC). Tribunal Constitucional: unificación del lenguaje para la verificación de la concurrencia de los requisitos (TC/0123/18). Especial transcendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad (Art. 53 párrafo LOTCPC). Especial transcendencia o relevancia constitucional: configuración de la noción abierta e indeterminada (TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: naturaleza extraordinaria. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: modula el principio de la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada. Seguridad jurídica: afectación. Legitimidad: interés jurídico y jurídicamente protegido. Sindicato: su personalidad se adquiere con el registro en el Ministerio de Trabajo (Art. 337 Código de Trabajo). Desahucio: no tendrá efecto para los trabajadores protegidos por el fuero sindical (Art. 392 Código de Trabajo).  Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no se configura la vulneración de derechos fundamentales. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: rechaza y confirma. Voto particular: magistrados Vásquez Samuel, Castellanos Khoury, Castellanos Pizano y Díaz Filpo.

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04/09/2018
tc-0340-18.pdf
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