Detalle sentencia TC/0338/16

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Publicación: Jueves 28 de Julio , 2016 / 03:03 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2014-0038

la acción directa de inconstitucionalidad incoada por la Unión Nacional de Maestros Constructores (UNAMACONS) y los señores Manuel Esteban Gutiérrez Fernández, Inocencio Evangelista de León, Ramón Alberto Ramos Báez, Jorge Celestino Durán Colón Vásquez, Francisco Concepción Basilio, Vicente Batista, Martín Peña Arias, Vicente Augusto Medina, Adinson Martínez Silverio y Julin Pimentel Rubio, contra la Ley núm. 6-86, que establece la especialización del 1% sobre el valor de todas las obras construidas en el territorio nacional, incluyendo las del Estado, para la creación de un fondo común de Servicios Sociales? Pensiones y Jubilaciones a los Trabajadores Sindicalizados del Área de la Construcción y todas sus ramas afines, del cuatro (4) de marzo de mil novecientos ochenta y seis (1986). 

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Acción directa de inconstitucionalidad: competencia (Art. 185.1 Constitución; Art. 36 LOTCPC). Legitimación activa: noción. Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido (Art. 37 LOTCPC). Tribunal Constitucional: no puede revisar sentencias dictadas por la Suprema Corte de Justicia que hayan adquirido la autoridad de la cosa juzgada con anterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución (TC/0190/13).  Tribunal Constitucional: no puede revocar las sentencias dictadas por la Suprema Corte de Justicia (TC/0189/14; TC/0618/15). Acción directa de inconstitucionalidad: inadmisible. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez. 

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17/01/2018
tc-0338-16.pdf
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