Detalle sentencia TC/0332/19

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Publicación: Miércoles 21 de Agosto , 2019 / 10:25 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2018-0048

Relativo a la acción directa en inconstitucionalidad interpuesta por Pedro Berroa y Agustín B. Guerrero Santana en contra de los párrafos I y III del artículo 45 de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido (art. 185 constituciones; art. 37 LOTCPC). Norma cuestionada: contenido (art. 45 párrafo y ley núm. 33- 18). Partidos políticos: finalidad y configuración (TC/0006/14). Partidos políticos: permiten la participación de personas que se identifican con su proyecto. Encuestas: mecanismo de elección de los candidatos (art. 45 ley núm. 133- 18). Encuestas: procedimiento legal (art. 58 ley núm. 15- 19). Junta central electoral: mantendrá un registro de las firmas encuestadoras. Test de razonabilidad: criterios (TC/0044/12). Disposición cuestionada: garantiza el principio de auto determinación de las organizaciones políticas. Libertad de elección: fortalece la democracia interna de los partidos. Principio de razonabilidad: no vulneración. Acción directa de inconstitucionalidad: rechaza. Tribunal constitucional: decisión anterior sobre el párrafo segundo del (art. 45 de la ley núm. 133- 19 TC/0214/19). Acción directa de inconstitucionalidad: de acogerla se excluye la norma del ordenamiento jurídico (art. 45 LOTCPC). Acción directa de inconstitucionalidad: inadmite. Voto particular: Beard Marcos y Valera Montero.

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21/08/2019
tc-0332-19.pdf
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