La acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD) contra el artículo 25, literal c) de la Ley núm. 98-03, del diecisiete (17) de junio de dos mil trece (2013).
Acción directa en inconstitucionalidad. Legitimación activa o calidad: interés legítimo y jurídicamente protegido. Ley núm. 98-03 que crea el Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD): Contratación y terminación de sus servicios del personal técnico y administrativo. Acción directa en inconstitucionalidad: Ley núm. 41-08, función pública. Quiénes mantienen relación de empleo con órganos y entidades del Estado bajo el régimen del Código de Trabajo. Ley núm. 41-08, función pública. Se aplica a funcionarios públicos. Acción directa en inconstitucionalidad. El artículo 2 de la Ley núm. 41-08, excluye del marco de aplicación de la misma a los empleados públicos que mantienen relación de empleo con órganos y entidades del Estado bajo el régimen del Código de Trabajo. Acción directa en inconstitucionalidad. La CEI-RD es una institución estatal de carácter industrial, comercial, financiero o de transporte, lo que demandaría la aplicación respecto de sus empleados del Principio III del Código de Trabajo. Acción directa en inconstitucionalidad. Situación fáctica: los empleados del sector privado y de las entidades públicas de carácter comercial, industrial, financiero y de transporte, en tanto sus actividades laborales están orientadas a la consecución, a favor de las entidades oficiales y particulares para las cuales trabajan. Acción directa en inconstitucionalidad: no se viola el derecho a la igualdad. Acción directa en inconstitucionalidad: principios de seguridad jurídica y de eficacia. Admite y rechaza.