Detalle sentencia TC/0331/15

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Publicación: Jueves 08 de Octubre , 2015 / 07:01 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2014-0014

La acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD) contra el artículo 25, literal c) de la Ley núm. 98-03, del diecisiete (17) de junio de dos mil trece (2013).

Sumario

Acción directa en inconstitucionalidad. Legitimación activa o calidad: interés legítimo y jurídicamente protegido. Ley núm. 98-03 que crea el Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD): Contratación y terminación de sus servicios del personal técnico y administrativo. Acción directa en  inconstitucionalidad: Ley núm. 41-08,  función pública. Quiénes mantienen relación de empleo con órganos y entidades del Estado bajo el régimen del Código de Trabajo.  Ley núm. 41-08,  función pública. Se aplica a funcionarios públicos. Acción directa en inconstitucionalidad. El artículo 2 de la Ley núm. 41-08,  excluye del marco de aplicación de la misma a los empleados públicos que mantienen relación de empleo con órganos y entidades del Estado bajo el régimen del Código de Trabajo.   Acción directa en inconstitucionalidad. La CEI-RD es una institución estatal de carácter industrial, comercial, financiero o de transporte, lo que demandaría la aplicación respecto de sus empleados del Principio III del Código de Trabajo. Acción directa en inconstitucionalidad.    Situación fáctica: los empleados del sector privado y de las entidades públicas de carácter comercial, industrial, financiero y de transporte, en tanto sus actividades laborales están orientadas a la consecución, a favor de las entidades oficiales y particulares para las cuales trabajan. Acción directa en inconstitucionalidad: no se  viola   el derecho a la igualdad. Acción directa en inconstitucionalidad: principios de seguridad jurídica y  de eficacia. Admite y rechaza.

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17/01/2018
sentencia-tc-0331-15.pdf
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