Detalle sentencia TC/0329/16

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Publicación: Miércoles 20 de Julio , 2016 / 12:15 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2015-0007

recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoada por el señor Melquisedec Santana Aquino contra la Resolución núm. 3442- 2014, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el diez (10) de septiembre de dos mil catorce (2014).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Art. 185.4 Constitución; Art. 9, 53 Y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: procede por tratarse de una sentencia que ha adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: derecho de defensa. (TC/0052/13; TC/0062/13; TC/0094/13; y TC/0157/14). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Requisitos de admisibilidad (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional (TC/0007/12). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Noción abierta e indeterminada (TC/0007/12). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Configuración (TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: derecho de defensa. (Art.69.4 Constitucional). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisibilidad de la motivación: la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia estableció que no se advierte que se encuentren presentes las causales que apertura la casación (Art. 426 CPP). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Ilogicidad manifiesta en la motivación. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Principio de congruencia: contradicción entre motivación y dispositivo de fallo rendido, al entrar en valoración de actuaciones y declarar inadmisibilidad. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: resolución impugnada expuso erróneamente los motivos que la condujeron a declarar inadmisibilidad. Motivación de decisiones. (TC/0503/15 y TC/0384/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge y remite. Votos particulares: magistrados Acosta de los Santos, Castellanos Khoury y Castellanos Pizano. 

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17/01/2018
tc-0329-16.pdf
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