Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la sentencia impugnada no pone fin al proceso en cuestión. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: agotamiento de vías recursiva. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible si respecto a la sentencia atacada existen abiertas las vías recursivas por ante los tribunales ordinarios (Sentencias TC/0091/12, TC/0051/13 y TC/0053/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: procede contra sentencias contra las cuales no es posible interponer recurso ordinario y extraordinario. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no podrán ser examinadas por el Tribunal Constitucional las decisiones judiciales que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada hasta el momento de la proclamación de la Constitución. Inadmisible.