Detalle sentencia TC/0322/19

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Publicación: Jueves 15 de Agosto , 2019 / 04:02 P. M.

Referencia: Expedientes núm. TC-05-2018-0332 y TC-05-2018-0333

Relativos a los recursos de revisión constitucional de sentencia de amparo de cumplimiento interpuestos por el Comité de Retiro de la Policía Nacional y por Adelso Manuel Aybar y René Eurípides Luna Pérez contra la Sentencia núm. 0030-03-2018-SSEN-00240, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el treinta y uno (31) de julio de dos mil dieciocho
(2018).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo legal (art. 95 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Escrito de defensa: plazo franco y hábil (art. 98 LOTCPC; TC/0147/14). Escrito de defensa: extemporáneo. Acción de amparo: naturaleza (art. 72 constitución. Tribunal superior administrativo: jurisdicción competente para resolver la cuestión planteada. Recurso contencioso administrativo: vía idónea (TC/0156/13). Juez de amparo: facultad de declarar la inadmisibilidad de la acción (TC/0088/14). Juez de amparo: la inadmisibilidad de la acción no vulnera el derecho de acceso a la justicia (TC/0088/14). Acción de amparo: su inadmisibilidad por la existencia de otra vía, interrumpe el plazo de prescripción (TC/0358/17). Interrupción civil del plazo de prescripción: reinicia el cómputo de dicho plazo. Juez de amparo: correcta decisión. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite y rechaza. Voto particular: Castellanos Pizano.

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15/08/2019
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