Revisión constitucional de sentencias de amparo: Competencia (Artículo 185 de la Constitución, Artículos 9 y 94 LOTCPC). Acción de amparo: la sentencia solo es recurrible en revisión o tercería (Artículo 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencias de amparo: su admisibilidad sujeta a la especial trascendencia o relevancia constitucional (Artículo 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Debido proceso: respeto (TC/0048/12). Principio de legalidad de las formas: actos procesales. Principio de legalidad de las formas: noción. Acción de amparo. Acción de amparo: no se observa ninguna actuación del accionante tendente a su reintegro después del auto de no ha lugar. Acción de amparo: extemporáneo (Artículo 70.2 LOTCPC). Rechaza. Voto particular Magistrada Jiménez Martínez.