Detalle sentencia TC/0313/14

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Publicación: Lunes 22 de Diciembre , 2014 / 05:55 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2013-0187

 incoados por la Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de Santiago contra la Sentencia núm. 136/2013, dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el ocho (8) de agosto de dos mil trece (2013).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Especial transcendencia o relevancia constitucional: noción abierta e indeterminada (TC/0007/12). Amparo de cumplimiento: notoriamente improcedente. Amparo de cumplimiento: notoriamente improcedente tratar de resolver una cuestión del ámbito del derecho común. Amparo de cumplimiento: el objetivo principal era la ejecución de la sentencia que ordenaba la devolución de los bienes. Principio de oficiosidad: el Tribunal Constitucional apreció que en la especie se trata de un amparo de cumplimiento (artículo 7. 11 ley núm.137-11 LOTCPC). Juez de amparo: debe examinar sus alcances competenciales y actuar de acuerdo a las reglas del amparo (TC/0150/14). Juez de amparo: no debe asumir el rol de la jurisdicción ordinario. Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revoca e inadmite. Voto particular de la magistrada Jiménez Martínez.

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17/01/2018
tc-0313_14.pdf
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