Detalle sentencia TC/0311/14

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Publicación: Lunes 22 de Diciembre , 2014 / 05:51 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2013-0215

recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por el señor Gari Ygnacio Gómez Hernández contra la Sentencia núm. 00515-2013, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata el dieciséis (16) de octubre de dos mil trece (2013).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Sentencias de amparo: son recurribles en revisión y terceria (artículo 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: su admisibilidad está sujeta a la especial trascendencia o relevancia constitucional (artículo 100 LOTCPC). Procedimiento ordinario: es la vía judicial efectiva para resolver la litis sobre la propiedad de un inmueble. Acción de amparo: por ser un procedimiento sumario no es la vía adecuada para solucionar este conflicto (TC/0030/12). Acción de amparo: es inadmisible cuando existe otra vía judicial que permite la protección de los derechos fundamentales alegadamente conculcados (artículo 70.1 LOTCPC). Acoge. Voto particular de la magistrada Jiménez Martínez.

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17/01/2018
tc-0311_14.pdf
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