Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: competencia. (Art. 185.4 Constitución; Art. 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Admisibilidad. (Art. 100 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: sentencias emitidas por el juez de amparo solo pueden ser recurridas en revisión y en tercería (Art. 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional. Revisión constitucional de sentencia de amparo: otra vía judicial: (Art. 70.1 LOTCPC). (TC/0261/13 y TC/0059/14). Revisión constitucional de sentencia de amparo: bienes semovientes incautados: amparo preventivo. Acción de amparo: otras vías judiciales efectivas (Art. 70.1 LOTCPC). Acción de amparo: Juez de amparo: condiciones para el ejercicio de la facultad de inadmitir la acción ante otras vías judiciales. (TC/0345/14). Acción de amparo: causal de inadmisibilidad no aplica de manera automática. (TC/0182/13). Acción de amparo: vía más efectiva: (TC/0197/13; TC/0217/13 y TC/0205/13). Acción de amparo: amparo preventivo. Acción de amparo: bienes incautados semovientes y no semovientes: (Art. 23 Decreto 571-05). Bienes incautados: (Art. 59 Ley núm. 72-02). Bienes incautados: venta en pública subasta. Revisión constitucional de sentencia de amparo: principio de economía procesal: (TC/0071/13; TC/0185/13; TC/0012/14 y TC/0127/14). Acción de amparo: amparo preventivo: bienes incautados que puedan despreciarse. (Art. 14 Ley núm. 72-02). Acción de amparo: plazo para oposición en venta de pública subasta: plazo (30) días. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: inadmisible por extemporáneo.