Detalle sentencia TC/0301/21

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Publicación: Martes 21 de Septiembre , 2021 / 07:21 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2020-0035

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por Jadel Ezequiel Pérez Herasme contra la Sentencia núm. 0030-04-2018-SSEN-00406, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el diecinueve (19) de noviembre del año dos mil dieciocho (2018).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9, 94 y 95 LOTCPC). Sentencias de amparo: solo pueden ser recurridas en revisión y en tercería (art. 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo hábil y franco (art. 95 LOTCPC; TC/0080/12, TC/0061/13, TC/0071/13 y TC/0132/13). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Policía Nacional: debido proceso del régimen disciplinario. Policía Nacional: grados y rangos (art. 75 Ley 590-16). Agente policial alistado: causas de desvinculación de acuerdo al rango (art. 153.1 ley 590-16). Debido proceso administrativo sancionador: no amerita que el director de la policía nacional eleve una recomendación de separación al Poder Ejecutivo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: la existencia de un proceso penal y sentencia condenatoria no es un requisito para determinar e imponer sanciones disciplinarias. Revisión constitucional de sentencia de amparo: rechaza y confirma

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21/09/2021
tc-0301-21-tc-05-2020-0035.pdf
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