Detalle sentencia TC/0301/15

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Publicación: Viernes 25 de Septiembre , 2015 / 06:02 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-02-2015-0005

Control preventivo de constitucionalidad del Memorándum de Entendimiento entre los gobiernos de Costa Rica, El Salvado, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá y República Dominicana, mediante el cual se establece la ejecución del “Marco de Acción Regional para el Abordaje Integral del Delito de Trata de Personas en Centroamérica y República Dominicana, suscrito el trece (13) de febrero de dos mil quince (2015).

Sumario

Control preventivo de constitucionalidad. Control preventivo: competencia (Art. 185.2 Constitución; Arts. 55 y 56 LOTCPC). Control preventivo de constitucionalidad: noción. Tribunal Constitucional: facultad para ejercer el control preventivo (Art. 185.2 Constitución). Derecho internacional: noción. Derecho internacional: recepción (Art. 26.4 Constitución). Derecho internacional: jerarquía constitucional. Control preventivo de constitucionalidad: finalidad. Memorándum de Entendimiento entre los gobiernos de Costa Rica, El Salvado, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá y República Dominicana: ejecución del Marco de Acción Regional para el Abordaje Integral del Delito de Trata de Personas en Centroamérica y República Dominicana. Marco de Acción Regional para el Abordaje Integral del Delito de Trata de Personas en Centroamérica y República Dominicana: finalidad. Delito de trata de personas: noción. Estado: función esencial (Art. 8 Constitución). Ley 137-03: Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas. Control preventivo de constitucionaliadad: conforme con la Constitución.

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01/08/2018
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