Acción directa de inconstitucionalidad. Acción directa de inconstitucionalidad: sujeta a los procedimientos reservados sólo para conocer de las acciones contra leyes, decretos, resoluciones, reglamentos y ordenanzas. Acción directa de inconstitucionalidad: las decisiones jurisdiccionales quedan excluidas del objeto de la acción. Acción directa de inconstitucionalidad: mal uso del procedimiento de la acción directa por parte del accionante. Decisión jurisdiccional: el peticionario debió recurrir en revisión constitucional la decisión jurisdiccional (artículos 277 de la Constitución y 53 de la ley núm. 137-11). Acción directa de inconstitucionalidad: orientada al ejercicio de un control in abstracto de los actos normativos del poder público. Acción directa de inconstitucionalidad: orientada al control del contenido objetivo y no, en modo alguno, de la aplicación en concreto que hacen los jueces en el cumplimiento de sus potestades jurisdiccionales respecto de las normas infraconstitucionales (TC/0051/2012, TC/0041/13, TC/0052/12 y TC/0068/12). Inadmisible.