Detalle sentencia TC/0293/21

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Publicación: Lunes 20 de Septiembre , 2021 / 07:54 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2018-0034

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Francisco Alberto de los Santos Vásquez contra la Sentencia núm. 030- 2017-SSEN-00109 dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el seis (6) de abril de dos mil diecisiete (2017).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal constitucional: competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo hábil y franco (art. 95 LOTCPC; TC/0080/12, TC/0061/13, TC/0071/13 y TC/0132/13). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Juez de amparo: la declaratoria de inadmisibilidad está condicionada a que se identifique a la vía judicial efectiva (TC/0021/12, TC/0182/13, TC/0370/14, TC/0160/15, TC/0065/16, TC/0740/17 y TC/0630/18). Juez de amparo: errónea aplicación de la norma e inobservancia de los precedentes constitucionales. Incongruencia procesal: se configura Principio de autonomía procesal: aplicación Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo. Derecho de propiedad: conceptualización (TC/0185/13, TC/0036/12 y TC/0088/12). Ministerio Público: atribuciones (art. 169 Constitucional). Juez de la instrucción: competencia (TC/0196/16 y TC/0245/17). Acción de amparo: jurisdicción competente para conocer de la devolución de bienes por tratarse de una violación a un derecho de propiedad (TC/0370/14, TC/0074/15, TC/0244/15, TC/0292/15, TC/0184/16 y TC/0507/18). Juez de amparo: facultad discrecional para la fijación de astreinte. Astreinte: noción. Acción de amparo: acoge, ordena e impone astreinte.

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20/09/2021
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