Detalle sentencia TC/0290/13

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Publicación: Lunes 30 de Diciembre , 2013 / 12:34 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2012-0075

Recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por Jenny Salita Emanier Previlma, contra la Junta Central Electoral, cuya decisión recurrida es la Sentencia núm. 502-2012, de fecha veintisiete (27) de julio de dos mil doce (2012), dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Monte Plata.

Sumario

Revisión Constitucional de Sentencias de Amparo: Especial trascendencia y relevancia constitucional. Revisión Constitucional de Sentencias de Amparo: No se prevén las consecuencias derivadas del pronunciamiento del tribunal cuando acoge el recurso. Acción de amparo: deber conocimiento del fondo de la acción por parte del Tribunal Constitucional al revocar la sentencia recurrida. Acción de amparo: competencia de la jurisdicción contenciosa administrativa contra actos u omisiones de la administración. (Artículo 75 LOTCPC). Acción de amparo: mecanismo de protección de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución. Acción de amparo: procedimiento preferente, sumario, oral, público, gratuito y no sujeto a formalidades. (Artículo 72 de la Constitución) Revisión Constitucional de Sentencias de Amparo: sentencia TC/0168/13. Debido proceso administrativo: violación por no entrega de acta de nacimiento. Acta de nacimiento: la falta de entrega de acta de nacimiento debió ser decidido por el pleno de la JCE. Nacionalidad: investigación sobre la nacionalidad de la madre y su estatus migratorio. Junta Central Electoral: apoderamiento de tribunal de primera instancia para la validez o nulidad de la expedición del acta de nacimiento. Anula, acoge parcialmente y rechaza.

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17/01/2018
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