Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Arts. 184.5 y 277 Constitución; Arts. 9, 53 y 54.8 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada. Sentencia impugnada: No pone fin al proceso. Sentencia impugnada: casa parcialmente en lo relativo a la condenación en daños y perjuicios y envía asunto para conocer nuevamente. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Poder judicial continúa apoderado del asunto. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (TC/00130/13; TC/0091/14; TC/0354/14 y TC/0165/15).