Revisión constitucional de sentencia de amparo: competencia. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admisibilidad. Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Acción de amparo: competencia (artículo 72 LOTCPC). Acción de amparo: al tribunal de envíe se le impone conocer el expediente y debe declarar su competencia. Revisión constitucional de sentencia de amparo: sentencia que declarar la incompetencia debe ser recurrida conjuntamente con el fondo (TC/0002/12). Acción de amparo: las medidas precautorias estarán vigentes hasta dictada la sentencia de amparo. Acción de amparo: las medidas precautorias solo se recurren con la sentencia de fondo. Juez de amparo: examinar el alcance y los límites competenciales que se les reservan. Competencia (atribución): orden público (Ley 834 de 1978). Competencia: deber de que todo juez o tribunal establezca su propia competencia (TC/0079/14). Medidas cautelares: certeza en cuenta a la competencia. Inadmisible. Voto particular de la magistrada Jiménez Martínez.