Detalle sentencia TC/0277/14

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Publicación: Viernes 05 de Diciembre , 2014 / 05:34 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2014-0049

recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por JDC Inversiones C. por A., contra la Resolución núm. 34/2013, dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el veinticinco (25) de marzo de dos mil trece (2013).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Artículo 185 constitucional y 9 y 94 Ley 137-11) Revisión constitucional de sentencia de amparo: el plazo para interponerlo es de 5 días a partir de la fecha en la que fue notificada la sentencia cuestionada (artículo 95 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: el plazo para interponerla es franco, y solo se computan los días hábiles (TC/0080/12). Revisión de amparo: extemporáneo. Inadmite.

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17/01/2018
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