Detalle sentencia TC/0275/13

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Publicación: Jueves 26 de Diciembre , 2013 / 12:05 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2013-0036

Recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por la Junta Central Electoral, contra la Sentencia núm. 708-2012, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís, en fecha treinta (30) de noviembre de dos mil doce (2012).

Sumario

Revisión Constitucional de Sentencias de Amparo: Especial trascendencia y relevancia constitucional. Revisión Constitucional de Sentencias de Amparo: consecuencias derivadas del pronunciamiento del tribunal cuando acoge el recurso. Acción de amparo: deber conocimiento del fondo de la acción por parte del Tribunal Constitucional al revocar la sentencia recurrida (TC/0071/13; TC/0168/13). Precedente: modificación del criterio sentado en la TC/0007/12. Revisión Constitucional de Sentencias de Amparo: La revocación de fallos objeto de revisión y conocer el fondo de los asuntos contraviene el precedente establecido en la Sentencia TC/0007/12. Sentencia TC/0007/12: Descontinuación de tesis  (TC/0071/13). Autonomía procesal del Tribunal Constitucional: Subsanación de la inadecuada regulación de los procesos y procedimientos constitucionales a cargo del legislador. Acción de amparo: competencia de la jurisdicción contenciosa administrativa contra actos u omisiones de la administración. (Artículo 75 LOTCPC). Acción de amparo: mecanismo de protección de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución. Acción de amparo: procedimiento preferente, sumario, oral, público, gratuito y no sujeto a formalidades. (Artículo 72 de la Constitución) Revisión Constitucional de Sentencias de Amparo: sentencia TC/0168/13. Derecho a la nacionalidad: Interpretación artículo 11.1 de la Constitución del 1966 (TC/0168/13). Cédula de identidad y electoral: investigación sobre la nacionalidad de los padres y definición del estatus migratorio. Derecho a la nacionalidad: hijos de extranjeros residentes de manera irregular en el país. Voto particular de las Magistradas Bonilla Hernández y Jiménez Martínez.  Anula y rechaza.

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17/01/2018
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