Detalle sentencia TC/0260/23

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Publicación: Jueves 18 de Mayo , 2023 / 05:03 P. M.

Referencia: TC-05-2022-0065

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Digna Rosa Peña Peralta y Mayra Montero Paulino, contra la Sentencia núm. 271-2021-SSEN-0091, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata el veinticinco (25) de junio de dos mil veintiuno (2021).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13). Juez de amparo: declaro inadmisible la acción por otra vía, cuando debió decretar la notoria improcedencia. Juez de amparo: incorrecta aplicación de la norma. Principio de autonomía procesal: habilita al tribunal para conocer el fondo de la acción (TC/0071/13). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Litis sobre derechos registrados: regulación jurídica distintas a la del embargo inmobiliario (TC/0568/16). Litis sobre derechos registrados: demanda que debe ser examinada ante la jurisdicción inmobiliaria. Procedimientos de embargo inmobiliario: forman parte del ámbito competencial de los tribunales ordinarios. Notoria improcedencia: asuntos de legalidad ordinaria (TC/0013/22). Notoria improcedencia: fundamento legal. Acción de amparo: persigue la suspensión de sentencia. Acción de amparo: inadmisible.

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19/05/2023
tc-0260-23-tc-05-2022-0065.pdf
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