Detalle sentencia TC/0257/20

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Publicación: Jueves 08 de Octubre , 2020 / 09:09 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2019-0155

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Francisco Mejía Angomás contra la Sentencia núm. 7, dictada el veinticuatro (24) de enero de dos mil dieciocho (2018) por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia.

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (art. 227 Constitución; art. 53 LOTCPC). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0001/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad cuando se alega la violación de un derecho fundamental (art. 53.3 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: los requisitos de admisibilidad se encuentran satisfechos (TC/0123/18; TC/0377/18). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: las violaciones no son imputables de modo inmediato y directo (art. 53.3.c LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Voto particular: magistrados Castellanos Khoury, Castellanos Pizano, Diaz Filpo y Vásquez Sámuel.

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09/10/2020
tc-0257-20-tc-04-2019-0155.pdf
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