Detalle sentencia TC/0256/13

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Publicación: Martes 17 de Diciembre , 2013 / 03:41 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-07-2013-0030

La demanda en solicitud de suspensión de ejecución incoada por la razón social Consorcio Cítricos Dominicanos, S.A., contra la Sentencia núm. 0008/2013, de fecha diecisiete (17) de abril de dos mil trece (2013), dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Villa Altagracia, en sus atribuciones de amparo.

Sumario

Revisión Constitucional de Decisiones Jurisdiccionales: no tiene efecto suspensivo, salvo que, a petición de parte (Art. 54.8 LOTCPC). Demanda en suspensión: tiene por objeto el cese de la ejecución de la sentencia impugnada para evitar supuestos graves perjuicios al recurrente. Astreinte: la liquidación o ejecución de la misma no puede ser puesta en manos de una de las partes del proceso. Acción de amparo: es ejecutoria de pleno derecho (Articulo 71 LOTCPC). Suspensión de sentencias de amparo: no es procedente como regla general, solo procede en casos excepcionales (TC/0013/13; TC/0089/13). Acoge. Voto particular del Magistrado Lino Vásquez Samuel, Segundo Sustituto.

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16/01/2018
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