Detalle sentencia TC/0245/13

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Publicación: Lunes 02 de Diciembre , 2013 / 02:21 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2012-0148

Recurso de revisión constitucional en materia de amparo, incoado por la razón social José Comunicaciones Internacionales, contra Ordenanza Civil núm. 514-12-00461, de fecha catorce (14) de noviembre de dos mil doce (2012), dictada por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago.

Sumario

Revisión constitucional de sentencias de amparo. Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación. Especial trascendencia o relevancia constitucional: supuestos de configuración (TC/0007/12). Acción de amparo: admisibilidad condicionada a que no existan otras vías judiciales (artículo70.1 LOTCPC).  Acción de amparo: no es la vía para reclamar documentación como medio de prueba ante la jurisdicción civil. Documentos: demanda en producción de elementos de pruebas (Artículo 55 de la Ley 834 de 1978). Acción de amparo: el juez no está en condiciones de determinar la procedencia o improcedencia de la producción de elementos de pruebas. Elementos de pruebas: su producción debe ser ventilada ante la jurisdicción apoderada. Acción de amparo: obligación de indicar la vía que considera idónea cuando entienda que la acción de amparo es inadmisible (TC/0030/12, TC/0030/12, TC/0083/12,  TC/0084/12, TC/0098/12). Derecho al libre desarrollo de la personalidad: inherente a la persona física y no a las personas físicas (artículo 43 de la Constitución Dominicana). Inadmisible.

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16/01/2018
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