Detalle sentencia TC/0243/19

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Publicación: Miércoles 07 de Agosto , 2019 / 01:54 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2018-0206

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el Sindicato de Choferes y Empleados de Minibuses de La Romana (SICHOEM) y los señores José Manuel Montilla y Enmanuel de Jesús Santana contra la Sentencia núm. 0195-2018-SCIV-00496, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Romana el siete (7) de mayo de dos mil dieciocho (2018).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Requisitos de admisibilidad. Plazo: Cinco (5) días contados a partir de la fecha de notificación de la sentencia. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Determinación de competencia o incompetencia del juez. Juez de amparo: Cuando pronuncia su incompetencia el tribunal de envío está en la obligación de conocer el expediente, declarar su competencia y conocer del fondo del asunto. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Una vez fallado dicho asunto podrá ser recurrido junto con la decisión que conoce del fondo de la acción de amparo. Tribunal Constitucional: Le está vedado la revisión de la decisión que declare la incompetencia (TC/0002/12 y TC/0133/13.). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Inadmisible.

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07/08/2019
tc-0243-19.pdf
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