Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Ramón Alberto Cedeño, Isidora Alburquerque Sánchez y Pedro Javier Romero, contra la Sentencia SCJ-TS-22-0509, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el treinta y uno (31) de mayo del dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Servidores públicos: cálculo de indemnizaciones y vacaciones (arts. 53, 55, 60 y 98 Ley 41-98; y 138 del Reglamento 523-09). Acuerdos de conciliación de las comisiones de personal: se decide por unanimidad (art. 17 Ley 41-08). Acuerdos de conciliación de las comisiones de personal: son de cumplimiento obligatorio. Test de la debida motivación: lineamientos (TC/0009/13). Falta de estatuir: surge cuando un tribunal no responde a las conclusiones formuladas por las partes (TC/0483/18). Sentencia recurrida: no satisface el aludido test de la debida motivación, por no reunir los requisitos de claridad, congruencia y lógica para que se constituya en una garantía. Test de la debida motivación: vulneración. Tutela judicial efectiva y debido proceso: vulneración. Suprema Corte de Justicia: incorrecta aplicación de la norma. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y envía.