Detalle sentencia TC/0236/14

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Publicación: Viernes 26 de Septiembre , 2014 / 04:02 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2013-0065

La acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Francisco Antonio Veras Santos contra la Orden General núm. 062-2009, dictada por la Jefatura de la Policía Nacional. 

Sumario

Acción directa en inconstitucionalidad. Acción directa en inconstitucionalidad: objeto leyes, reglamentos, decretos resoluciones y ordenanzas (Art. 185.1 de la Constitución y Art. 36 de la Ley 137-11). Acción directa en inconstitucionalidad: no es un instrumento para reivindicar situaciones particulares (TC/0051/12). Actos administrativos: su impugnación es en razón de inconstitucionalidad es competencia de la jurisdicción Contenciosa-Administrativa (TC/0073/12). Acción directa en inconstitucionalidad: actos  dictados en ejecución directa e inmediata de la Constitución (TC/0041/13). Acción directa en inconstitucionalidad: la acción directa en inconstitucionalidad es inadmisible contra actos administrativos de efectos particulares. Acto administrativo de efectos particulares: deben ser tutelados mediante la acción en amparo si se violan derechos fundamentales (Art. 75 de la Ley l37-11).  Acto administrativo de efectos particulares: deben ser tutelados por la jurisdicción contenciosa-administrativa en caso de violarse situaciones jurídicas o derechos no fundamentales. Jurisdicción contenciosa-administrativa: su decisión final está sujeta a un recurso de revisión constitucional de sentencias (Art. 53 de la 137-11). Inadmisible

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17/01/2018
sentencia-tc-0236-14-c.pdf
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