Detalle sentencia TC/0227/18

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Publicación: Jueves 19 de Julio , 2018 / 07:37 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2018-0013

Relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por Edison Apolinar Muñoz Rosado contra la Sentencia núm. 030-2017-SSEN-00165, dictad a por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el trece (13) de junio de dos mil diecisiete (2017).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Acción de ampro: avocación. Acción de ampro: Otra vía: el ejercicio de la mencionada facultad de inadmisión se encuentra condicionada a la identificación de la vía judicial que el tribunal considere idónea (Art. 70.1 LOTCPC) (TC/0021/12; TC/0030/12; TC/0049/12; TC/0083/12; TC/0084/12; TC/0098/12; TC/0097/13; TC/0071/13). Juez de la instrucción: competente para la devolución de bienes incautados cunado existe un proceso penal abierto. Tribunal Constitucional: no existir ningún proceso penal abierto contra del propietario del arma de fuego incautada (TC/0155/14). Tribunal Constitucional: el bien incautado ha sido retenido de manera arbitraria por el Ministerio Público. Bienes incautados: cuando no existe un proceso penal abierto contra el propietario del bien incautado el juez de la instrucción no es el competente para la devolución del bien. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge y revoca. Astreinte. Voto particular: magistrados: Vásquez Sámuel, Gómez Ramírez, Jiménez Martínez, Acosta de los Santos y Díaz Filpo.

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19/07/2018
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