Detalle sentencia TC/0226/25

Compartir:
Publicación: Miércoles 30 de Abril , 2025 / 06:19 P. M.

Referencia: TC-07-2025-0013

Relativo a la demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia incoada por los señores Osvaldo Andrés Brugal Limardo, Lourdes Altagracia Brugal Limardo, Isabel Lucía Antonia Brugal Limardo, Luis Enrique Brugal Meyreles y Raúl Enrique Brugal Meyreles, respecto de la Sentencia núm. SCJ-PS-22-2725, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el catorce (14) de septiembre del dos mil veintidós (2022).

Sumario

Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: tiene efectos suspensivos a pedimento de parte interesada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: no puede ser utilizada como una táctica para pausar, injustificadamente, la ejecución de una sentencia (TC/0255/13; TC/0243/14). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: existe para permitir a los tribunales otorgar una protección provisional a un derecho o interés (TC/0225/14). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: requiere que se motive y pruebe se causaría un daño insubsanable o de difícil reparación (TC/0172/18; TC/0069/14). Daño irreparable: debe ser probado (TC/0058/12; TC/0046/13; TC/0063/13). Daño irreparable: no se configura. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: rechaza.

Mostrar PDF en otra pestaña
30/04/2025
tc-0226-25-tc-07-2025-0013.pdf
280.55 KB