Detalle sentencia TC/0218/15

Compartir:
Publicación: Miércoles 19 de Agosto , 2015 / 07:30 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-02-2014-0010

Control preventivo de constitucionalidad de la “Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres”, elaborada y aprobada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el veintitrés (23) de junio de mil novecientos setenta y nueve (1979), y sometida ante este Tribunal Constitucional el diecinueve (19) de mayo de dos mil catorce (2014).

Sumario

Control preventivo de tratado internacional: Competencia (Art. 185.2 Constitución; Art. 55, 56 y 57 LOTCPC). Estado: propósito en la comunidad internacional. Control preventivo de constitucionalidad: finalidad. Derecho internacional: recepción (Artículo 26.4 Constitución). Tratado internacional: implica la necesidad de armonizar las disposiciones que integran el instrumento internacional. Control preventivo de tratado internacional: mecanismo de gran utilidad para garantizar la supremacía constitucional (TC/0037/12). Tratado internacional: cooperación e integración internacional en materia medioambiental. Tratado internacional: adhesión. Adhesión: noción. Control preventivo de tratado internacional: noción (Art. 55 LOTCPC). Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres: sus implicaciones no contravienen la Constitución. Convención de Bonn: objeto. Recursos naturales: su conservación es uno de los principios fundamentales de la Constitución. Estado: debe velar por la preservación del medioambiente (Art. 67 Constitución). Áreas protegidas: objetivos (Art. 35 Ley 65-00). Control preventivo de tratado internacional: Conforme a la Constitución.

Mostrar PDF en otra pestaña
17/01/2018
sentencia-tc-0218-15-c.pdf
402.72 KB