Detalle sentencia TC/0200/19

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Publicación: Miércoles 10 de Julio , 2019 / 11:55 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2019-0045

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora María Esperanza Durán contra la Resolución núm. 4098-2016, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinte (20) de octubre de dos mil dieciséis (2016). 

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Admisibilidad. (arts. 185.4 y 277 Constitución; arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Plazos: no mayor de 30 días a partir de la notificación de la sentencia (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: procede contra las sentencias que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, después de la proclamación de la Constitución del 2010 (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (art. 53.3 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: supuestos de admisibilidad (art. 53.3 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional: requisitos satisfechos. Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración. Extinción de la acción penal: es un asunto de fondo cuyo enjuiciamiento es de la competencia de los tribunales judiciales en materia penal. Medio de inadmisión: rechaza. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Test de la debida motivación: apreciación (TC/0009/13; TC/0017/13). Deber de motivación: reglas para su cumplimiento (TC/0009/13). Test de la debida motivación: no se satisface. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y envía. Demanda en suspensión. Demanda en suspensión: carece de objeto (TC/0120/13; TC/0006/14; TC/0073/15; TC/0538/15).

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10/07/2019
tc-0200-19.pdf
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