Detalle sentencia TC/0197/15

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Publicación: Martes 04 de Agosto , 2015 / 06:57 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2014-0050

Recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por la Federación Nacional de Bancas de Lotería (FENABANCA) contra la Sentencia civil núm. 123/14, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el veintiuno (21) de febrero de dos mil catorce (2014). 

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185.4 Constitución, Arts. 9 y 94 LOTCPC). Acción de amparo: la sentencia solo es recurrible en revisión o tercería (Art. 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: su admisibilidad sujeta a la especial trascendencia o relevancia constitucional (Art. 100 LOTCPC); (TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Derechos de propiedad intelectual. Revisión constitucional de sentencia de amparo: violación del debido proceso, en lo relativo a la garantía de una correcta motivación de las decisiones judiciales. (TC/0071/13; TC/0185/13; TC/0012/14 y TC/0127/14).  Acción de amparo: Derecho a la igualdad (Art. 69.10 Constitución). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Programación y ejecución de los juegos de lotería, que dichos sorteos se concesionaran única y exclusivamente a las empresas miembros de la Federación Nacional de Bancas de Lotería. ).  Acción de amparo: la Lotería Nacional ha sido creada como una renta en beneficio del tesoro público, con la facultad de controlar las operaciones que hagan posible la programación de ejecución de los juegos de lotería. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Licencia de concesión. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Admite, rechaza y revoca. Voto particular: Magistrados  Castellanos Khoury y Jiménez Martínez.

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17/01/2018
sentencia-tc-0197-15-c.pdf
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