Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Arts. 185.4 y 277 Constitución; Arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Tribunal Constitucional: facultad de revisar las decisiones que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: condiciones de admisibilidad (Artículo 53 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: admisibilidad (Art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Especial trascendencia o relevancia constitucional: naturaleza abierta e indeterminada (TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: derecho de propiedad. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Debido proceso. Debido proceso: principio jurídico procesal que reconoce que toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas (TC/0331/14). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no hay impedimento al acceso de una servidumbre (Arts. 682; 683 y 684 CC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no se revela violación al derecho fundamental de propiedad ni a la ley. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Admite, rechaza y confirma.