Detalle sentencia TC/0194/19

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Publicación: Viernes 28 de Junio , 2019 / 04:15 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2019-0021

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, representada por el Lic. Denny F. Silvestre, procurador fiscal adscrito a la Unidad de Defensa de Acciones Constitucionales de la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, en contra de la Sentencia núm. 046-2018SSEN-00207, dictada por la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el ocho (8) de noviembre de dos mil dieciocho (2018). 

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo. Plazo: franco y hábil (art. 95 LOTCPC; TC/0071/13; TC/0080/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: su admisibilidad está sujeta a la especial trascendencia y relevancia constitucional (art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia y relevancia constitucional: Noción abierta e indeterminada. Especial trascendencia y relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Acción de hábeas data: se aplican las normas relativas al amparo ordinario. Medio de inadmisión: rechaza. Instituciones Públicas: Obligación de entrega de documentos solicitados. Revisión constitucional de sentencia de amparo: en materia de amparo la instrucción, proceso y las medidas de instrucción no están sometidas al rigor del formalismo del derecho común. Juez de amparo: Puede solicitar informaciones y documentos a cualquiera de las partes. Juez de amparo: Facultad en cuestión de medidas de instrucción y solicitud de pruebas durante el conocimiento de la acción (art. 87 LOTCPC; TC/0122/14). Juez de amparo: Actuó correctamente. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.

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28/06/2019
tc-0194-19.pdf
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