Detalle sentencia TC/0188/21

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Publicación: Viernes 02 de Julio , 2021 / 09:37 P. M.

Referencia: TC-04-2019-0110

Al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuestospor Ivelisse Rivera Pérez, contra la Sentencia núm.22 dictada por las Salas Reunidas de la SupremaCorte de Justiciael primero(1) de febrero de dos mil dieciocho (2018).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; y arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: admisibilidad (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Plazo: franco y calendario (TC/0143/15). Notificación: sentencia íntegra (TC/0001/18). Acto de notificación: no constituye un documento válido (art. 54 LOTCPC; TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (art. 53 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Principio de igualdad: criterio (TC/0339/14). Principio de seguridad jurídica: criterio (TC/0094/13). Unificación de la jurisprudencia: función nomofiláctica (arts. 1 y 2 Ley 3726). Jurisprudencia interna: obligación de respetar (art. 20 Ley 3726). Debida motivación: mínimo motivacional (TC/0009/13). Criterio jurisprudencial: valor de continuidad (TC/0094/13). Derecho a la igualdad y a la no discriminación: se configura una violación (art. 39.3 Constitución). Principio de seguridad jurídica: inobservado. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: acoge y anula. Demanda en suspensión: falta de objeto. Demanda en suspensión: inadmisible. Voto particular: magistrados Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.

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03/07/2021
tc-0188-21-tc-04-2019-0110.pdf
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