Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencias de amparo: Competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo (Art. 95 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo es franco (TC/0080/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: sujeta a la especial trascendencia o relevancia constitucional (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Acción de amparo: no constituye mecanismo procesal idóneo para incidencias de la ejecución de sentencias (TC/0147/14). Accionante: pretende por la vía de amparo, la suspensión de ejecución de una sentencia rendida en materia penal, la cual no ha adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada. Juez de amparo: error procesal al considerar que la acción adolecía de dos (2) inadmisibilidades. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Admite. Acoge y revoca. Acción de amparo: Inadmisible por ser notoriamente improcedente. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez