Detalle sentencia TC/0184/13

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Publicación: Viernes 11 de Octubre , 2013 / 03:00 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2011-0005

Recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por Johanna Martina Félix Rosario y Héctor Emmanuel Ramírez Santiago, en representación de las menores IMRF y DYRF, contra la Sentencia núm. 1202-2011, de fecha diez (10) de agosto de dos mil once (2011), dictada por la Sala Civil del Primer Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Nacional.

Sumario

Revisión constitucional de sentencias de amparo. Especial trascendencia y relevancia constitucional: TC/0007/12. Menores de edad: protección (Artículo 56 Constitución). Interés superior del niño. Derecho de igualdad. Derecho a la educación. Tratados internacionales sobre Derechos Humanos: plena aplicabilidad cuando se procura garantizar la supremacía de la Constitución y el pleno goce de los derechos fundamentales. Derecho a la educación: igualdad de acceso a la escuela y de trato en los centros educativos (TC/0058/13). Derecho a la educación: selección y expulsión de alumnos basadas en sus características individuales o de sus familias son obstáculos para avanzar en la calidad de la educación (TC/0058/13). Reglamento de las Instituciones Educativas Privadas: retiro definitivo de alumnos o radiación de la matrícula cuando se haya incurrido en faltas gravísimas.   Derecho a la educación: injustificación de la no reinscripción basado solo en la conducta de los padres. Derecho a la educación: la alegada o cierta conducta de la madre ante el colegio no podía resultar perjudicial para las menores ni extrañarlas de su ambiente colectivo. Reglamento de las Instituciones Educativas Privadas: procedimiento ante conflictos de intereses entre usuarios del servicio y sus directivos. Proceso educativo: deber de los padres para que discurra en un proceso armónico. Entidad educativa: deber de adoptar las acciones de la ley y del reglamento si existía una situación que impedía que el proceso educativo discurra en un ambiente sano y armónico. Derecho a la educación: la no reinscripción constituye en sí misma una sanción. Derecho a la educación: las niñas deben ser amparadas y reintegradas. Astreinte: TC/0048/12. Revoca y Acoge. Votos particulares de los Magistrados Piña Medrano, Primera Sustituta; Acosta de los Santos; Bonilla Hernández; Castellanos Khoury; y Jiménez Martínez. 

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16/01/2018
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