Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Admisibilidad. (Arts. 185.4 y 277 Constitución; Arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada con posterioridad al 2010. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Plazo (Art. 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: alegada violación no es imputable a la SCJ. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: TC/0489/15 difirió los efectos por un periodo de (1) año. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Inadmisible. Demanda en suspensión: accesoria al recurso de revisión constitucional: carece de objeto. Votos particulares magistrados: Acosta de los Santos y Castellanos Pizano.