Detalle sentencia TC/0173/25

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Publicación: Lunes 28 de Abril , 2025 / 05:04 P. M.

Referencia: TC-04-2024-0502

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Paúl Benjamín Ortiz Simó contra la Sentencia núm. 1298/2020, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de septiembre del dos mil veinte (2020).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Domicilio desconocido: fundamento legal (art. 69.7 CPC). Notificación con domicilio desconocido: configuración (TC/0393/14; TC/0038/15; TC/0790/17). Acto de notificación: no estuvo instrumentado correctamente. Acto de notificación: no puede ser considerado como válido para determinar el punto de partida para el cómputo del plazo. Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpondrá mediante escrito motivado (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el recurso debe estar motivado de una forma clara, precisa y coherente (TC/0279/15). Recurrente: no desarrolla, de forma clara, precisa y coherente, en qué consistieron las violaciones que imputa a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia. Escrito motivado: requisito no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.

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28/04/2025
tc-0173-25-tc-04-2024-0502.pdf
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