Detalle sentencia TC/0172/15

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Publicación: Viernes 10 de Julio , 2015 / 03:13 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2014-0191

Recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por Manuel Emilio Cedeño Cedeño contra la Sentencia núm. 171-2014, dictada por la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el quince (15) de julio de dos mil catorce (2014).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 9 y 94 LOTCPC; Art. 185.4 Constitución). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Requisitos de admisibilidad (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Admisibilidad (Art. 100. LOTCPC; TC/0007/12). Amparo de cumplimiento: no procede contra actos de carácter jurisdiccional (Art. 108.a LOTCPC). Amparo de cumplimiento: Noción (Art. 104 LOTCPC). Amparo de cumplimiento: no proceden para la ejecución de sentencias (TC/0218/13). Acción de amparo: las causales para inadmitir el amparo sin examen al fondo no pueden ser utilizadas concomitantemente como causa de inadmisión de la acción de amparo porque la aplicación de una excluye la aplicación de la otra (TC/0029/14). Amparo de cumplimiento: no procede contra actos de carácter jurisdiccional. Acción de amparo: notoriamente improcedente (Art. 70.3 LOTCPC; TC/0218/13; TC/0147/14). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Rechaza. Acción de amparo: inadmisible por ser notoriamente improcedente. Voto particular: Magistrada Jiménez Martínez.

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17/01/2018
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