Detalle sentencia TC/0169/14

Compartir:
Publicación: Jueves 07 de Agosto , 2014 / 04:23 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2006-0011

Acción directa de inconstitucionalidad incoada por Juan A. Díaz Cruz y Consorcio de Bancas de Apuestas Deportivas Empresas J.D. contra los artículos 8, 9, 10, 11 y 15 del Reglamento núm. 71-03 del treinta y uno (31) de enero de dos mil tres (2003), modificado por el Decreto núm. 512-04 del siete (7) de junio de dos mil cuatro (2004).

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad: Competencia (Artículo 185.1 Constitución; Artículo 36 LOTCPC). Acción directa de inconstitucionalidad: está sujeta a las condiciones exigidas en la Constitución de 2002. Legitimación activa o calidad: parte interesada. Acción directa de inconstitucionalidad: valor de las licencias o permisos de operación de bancas de apuestas. Acción directa de inconstitucionalidad. Debido proceso. Acción directa de inconstitucionalidad: es esencial que la misma se encuentre vigente al momento de ser impugnada (TC/0023/12 del año 2012, TC/0126/13, TC/265/13). Derogación tácita: Sentencia TC/0032/12. Bancas de Apuestas: Dirección General de Impuestos Internos: fiscalización y recaudación del impuesto. Ministerio de Hacienda: control y funcionamiento de las bancas deportivas radicadas en el territorio nacional. Acción directa en inconstitucionalidad: ha desaparecido de forma sobrevenida el objeto de la acción de inconstitucionalidad. Inadmisible.

Mostrar PDF en otra pestaña
16/01/2018
sentencia-tc-0169-14-c.pdf
354.13 KB