Detalle sentencia TC/0158/15

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Publicación: Lunes 06 de Julio , 2015 / 01:21 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-1999-0010

La acción directa de inconstitucionalidad incoada por Miguel Lora Reyes contra la Ley No. 80-99, del veintinueve (29) de julio de mil novecientos noventa y nueve (1999), y la Orden No. 439-99, del veinte (20) de agosto de mil novecientos noventa y nueve (1999), dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). 

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Acción Directa de Inconstitucionalidad: Legitimación activa o calidad para accionar. Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido. Legitimación activa: arte interesada (Constitución 2002; TC/0013/12). Parte interesada: concepto. Acción directa de inconstitucionalidad: Procedimiento aplicable. Principio de la inmediata aplicación de la Constitución: aplicación. Acción directa de inconstitucionalidad: objeto (Art. 185.1 Constitución). Acción directa de inconstitucionalidad: el establecimiento de costas, tasas e impuestos judiciales no significa violación al principio de gratuidad de la justicia (TC/0050/15). Acción directa de Institucionalidad: la gratuidad de la justicia no imposibilita al legislador fijar por ley adjetiva impuestos, fianzas, tasas y derechos fiscales en ocasión de un procedimiento judicial (TC/0050/12). Derecho a la igualdad: configuración.  Derecho de igualdad: se aplica por igual a todos los usuarios del servicio. Acción directa de inconstitucionalidad: Rechaza.

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17/01/2018
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