Detalle sentencia TC/0155/17

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Publicación: Miércoles 05 de Abril , 2017 / 01:51 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2016-0053

recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por Vianela García Muñoz, procuradora general de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega, contra la Sentencia núm. 00015- 2016, dictada por la Tercera Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega el tres (3) de febrero de dos mil dieciséis (2016). 

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo franco, se computan los días hábiles (Art. 95 LOTCPC, TC/0080/12). Especial trascendencia o relevancia constitucional: requisito de admisibilidad (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Juez de la ejecución penal: es el competente para resolver las dificultades suscitadas durante la ejecución de las sentencias condenatorias (Art. 437 CPP). Juez de la ejecución penal: le corresponde controlar la ejecución de las sentencias penales (Art. 74 CPP). Acción de amparo: la existencia de otra vía judicial efectiva es una causal de inadmisibilidad (Art. 70.1 LOTCPC). Vía judicial efectiva: juez de la ejecución de la pena. Juez de la ejecución de la pena: resuelve la reticencia de una autoridad a ejecutar una sentencia (TC/0147/14). Juez de ejecución de la pena: dispone de la información adecuada para decidir (TC/0033/15). Revisión constitucional de sentencia de amparo: acoge. Acción de amparo: inadmisible (Art. 70.1 LOTCPC). Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.

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17/01/2018
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