Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Alejandro Teodoro Quant Feliz, Jorge César Quant Cuevas y Angélica Victoria Quant Feliz contra la Sentencia núm. SCJ-TS-22-0243, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de marzo del dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Validez de la notificación: debe ser a persona o domicilio (TC/0109/24; TC/0163/24). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpone mediante escrito motivado (art. 54.1 LOTCPC; TC/0324/16). Recurrentes: no explican ni desarrollan de forma precisa la vulneración constitucional que le causa la sentencia recurrida. Escrito motivado: requisito no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.