Detalle sentencia TC/0153/13

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Publicación: Jueves 12 de Septiembre , 2013 / 07:31 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-1996-0001

La acción directa de inconstitucionalidad incoada por Credigas, C. por A. y Jangle M. Vásquez contra el artículo 715, parte in fine, del Código de Trabajo.

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Legitimación activa o calidad: parte interesada. Parte interesada: la procedencia o admisibilidad de la acción directa de inconstitucionalidad está sujeta a las condiciones de la Constitución de 1994 (TC/0013/12). Acción Directa de inconstitucionalidad: procedimiento aplicable. Acción directa de inconstitucionalidad: aplicabilidad de la Constitución de 2010 al no afectar el alcance procesal de la acción. Principio de separación de poderes: el ministerio público no pertenece al Poder Judicial sino al Poder Ejecutivo. Ministerio Público: autonomía funcional. Ministerio Público: designación mediante el Consejo Superior del Ministerio Público. Procurador General de la República: designación por el Presidente de la República. Principio de separación de poderes: no violación. Función judicial: la función de ministerio público no constituye una función judicial. Ministerio Público: se sitúa en la órbita del Poder Ejecutivo (TC/0032/13). Ministerio Público: no le aplica la regla de la incompatibilidad de cargos judiciales al no ser parte de la función judicial.

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16/01/2018
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