Detalle sentencia TC/0151/15

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Publicación: Jueves 02 de Julio , 2015 / 12:49 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2014-0040

Recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por los señores Ángel Bautista Medina Ubrí y Luis Manuel Salazar Rosario, contra la Sentencia núm. 417-2013, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el treinta (30) de octubre de dos mil trece (2013). 

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo: competencia (Art. 185 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: admisibilidad (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: noción abierta e indeterminada (TC/0007/12). Acción de amparo: solicitud de reintegro a la Policía Nacional y al Ejército Nacional. Revisión constitucional de sentencia de amparo: las desvinculaciones fueron realizadas con la debida autorización del presidente de la República y observando las reglas del debido proceso. Acción de amparo: no hubo violación a su derecho de defensa, ni al debido proceso. Acción de amparo: finalidad (TC/0031/14). Acción de amparo: determinación de conculcación a derecho es una cuestión de fondo. Notoriamente improcedente: análisis de la admisibilidad de la acción que evidencia situaciones procesales que escapan del ámbito de atribuciones del juez de amparo por existir otros mecanismos legales más idóneos o claramente establecidos por el legislador. Acción de amparo: debió ser rechazada al no haberse comprobado violación a derechos fundamentales (Art. 72 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Voto particular: magistrado Castellanos Khoury.

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17/01/2018
sentencia-tc-0151-15-c.pdf
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