Detalle sentencia TC/0150/21

Compartir:
Publicación: Miércoles 20 de Enero , 2021 / 10:55 P. M.

Referencia: 1) Expediente núm. TC-04-2019-0206, 2) Expediente núm. TC-07-2019-0050

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Ana Altagracia Soriano Peralta contra la Sentencia núm. 149, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiuno (21) de marzo de dos mil dieciocho (2018); y relativo a la demanda en suspensión de ejecución interpuesta por la señora Ana Altagracia Soriano Peralta contra la Sentencia núm. 149, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiuno (21) de marzo de dos mil dieciocho (2018).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Demanda en suspensión. Principio de celeridad: habilita al tribunal para fusionar expedientes. Fusión de expedientes: procedencia y finalidad (TC/0094/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 53, 54 y 100 LOTCPC; TC/0007/12). Precedente: garantiza la seguridad jurídica. Precedente: en el caso concreto se observan supuestos distintos (TC/0053/14). Precedente: no se verifica su vulneración (TC/0053/14). Derecho de propiedad: configuración. Derecho de propiedad: modificación irregular. Derecho originalmente adquirido: no variación. Derecho de propiedad: su imprescriptibilidad está condicionada a que se haya transferido legalmente. Tribunales ordinarios: facultad de determinar el alcance de un acto de transferencia del derecho de propiedad. Principio de irretroactividad: no vulneración. Derechos adquiridos: aplicación (TC/0013/12). Derecho de defensa: no violación. Inmutabilidad del proceso: no se verifica su vulneración. Test de la debida motivación: parámetros (TC/0009/13). Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite y rechaza. Demanda en suspensión: sigue la suerte del recurso de revisión. Demanda en suspensión: falta de objeto. Demanda en suspensión: inadmite. Voto particular: magistrados Vázquez Samuel, Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.

Mostrar PDF en otra pestaña
27/05/2021
tc-0150-21-tc-04-2019-0206_tc-07-2019-0050.pdf
603.09 KB