Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Dannerys de la Cruz contra la Sentencia núm. 001-022-2021-SSEN01407, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpondrá mediante escrito motivado (art. 54.1 LOTCPC; TC/0369/19). Debida motivación de la instancia: es un elemento esencial para la interposición de un recurso de revisión (TC/0009/21). Escrito introductorio: no cumple con un mínimo de motivación (TC/0069/21). Escrito motivado: requisito no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.