Detalle sentencia TC/0141/25

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Publicación: Miércoles 16 de Abril , 2025 / 02:01 P. M.

Referencia: TC-05-2024-0247

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesta por la señora Celia Sagrario Lora Ureña contra la Sentencia núm. 0030-03-2022-SSEN- 00232, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el seis (6) de junio del año dos mil veintidós (2022).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13; TC/0109/24; TC/0007/12; TC/0409/24). Acción de amparo: no es la más eficaz para conocer de la litis entre los órganos estatales y los servidores públicos (TC/0279/13). Acción de amparo: no puede sustituir las garantías propias de un proceso contencioso administrativo en atribuciones ordinarias (TC/0004/16). Cambio de precedente: aplicabilidad (TC/0235/21). Otra vía judicial efectiva: causal de inadmisibilidad (TC/0400/23; TC/0235/21; TC/0085/12). Juez de amparo: actuó correctamente al declarar inadmisible la acción. Recurso contencioso administrativo: está habilitado para dictar medidas cautelares (art. 7 Ley 13-07). Recurso contencioso administrativo: razones por las cuales es considerado como una vía eficaz (TC/0030/12). Existencia de otra vía efectiva: interrupción civil de la prescripción (art. 2244 CC; TC/0358/17). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma.

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16/04/2025
tc-0141-25-tc-05-2024-0247.pdf
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