Recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Infante Auto Import, C. por A. contra la Sentencia núm. 478, dictada por la Tercera Sala de Tierras, Laboral, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativo de la Suprema Corte de Justicia el veinticinco (25) de julio de dos mil doce (2012).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (artículo 53.3; articulo 100 LOTCPC). Especial trascendencia y relevancia constitucional: configuración TC/0007/12. Derecho de propiedad: conflictos sobre derechos registrados. Derecho de propiedad: la resolución de conflictos sobre derechos registrados corresponde al tribunal ante el que se presenta la cuestión (TC/0075/13). Derecho de propiedad artículo 51 de la Constitución: para establecer su adjudicación los tribunales deben cumplir las disposiciones previstas en la ley que rija la materia. Derecho a recurrir: su aplicación permite que toda sentencia pueda ser recurrida ante un tribunal superior de conformidad con la ley (artículo 69.9; artículo 149 párrafo tercero de la Constitución). Derecho a recurrir: al legislador le corresponde regularlo mediante disposiciones de tipo adjetiva (artículo 149 párrafo 3 de la Constitución). Admite y Rechaza. Votos particulares de los Magistrados Castellanos Khoury y Castellanos Pizano